TRASLADOS DOCENTES 2027: MINEDUCACIÓN FIJA EL CRONOGRAMA
Los docentes y directivos docentes con derechos de carrera tendrán del 2 al 13 de noviembre para inscribirse. Las secretarías de educación deberán publicar las vacantes antes del 23 de octubre y los traslados se harán efectivos para el inicio del año escolar 2027.
Ipiales, 5 de octubre de 2026
Los docentes y directivos docentes con derechos de carrera tendrán del 2 al 13 de noviembre para inscribirse. Las secretarías de educación deberán publicar las vacantes antes del 23 de octubre y los traslados se harán efectivos para el inicio del año escolar 2027.
El Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 026789 del 2 de octubre de 2026, que fija el cronograma del proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes estatales con derechos de carrera. La norma, firmada por la ministra Ilva Myriam Hoyos Castañeda, obliga a todas las entidades territoriales certificadas en educación a seguir un mismo calendario, que arranca esta misma semana y termina el primer día del calendario escolar de 2027.
El objetivo, según la resolución, es que los educadores trasladados estén ubicados en sus nuevos establecimientos al comenzar el próximo año académico, sin afectar la prestación del servicio educativo.
Quiénes pueden participar
El proceso es exclusivo para educadores con derechos de carrera y solo para vacantes definitivas. La resolución contempla cuatro tipos de traslado, y cada secretaría deberá ofertar por separado las vacantes de cada uno:
- Ordinario, a vacantes en instituciones que atienden población mayoritaria.
- Preferente, a vacantes de las Escuelas Normales Superiores.
- A zonas PDET, para plazas de instituciones y sedes rurales en municipios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial.
- Etnoeducativo, a instituciones de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, reservado a docentes que ingresaron por el concurso afrocolombiano de la CNSC.
Un punto clave: las entidades deberán ofertar todas las vacantes definitivas que hoy ocupan docentes provisionales, de acuerdo con los perfiles de la Resolución 3842 de 2022. El Ministerio también dejó constancia de que no existen listas de elegibles vigentes de los concursos 2150 a 2237 de 2021 y 2316 de 2022, por lo que el proceso no afecta derechos de quienes fueron elegibles.
El calendario, paso a paso
La fecha que más interesa a los maestros es la inscripción: del 2 al 13 de noviembre. La lista de seleccionados se conocerá entre el 14 y el 18 de diciembre.
| # | Actividad | Fecha |
| 1 | Secretarías revisan y consolidan las vacantes definitivas, diferenciadas por tipo de traslado | Hasta el 9 de octubre de 2026 |
| 2 | Cada entidad expide el acto administrativo de convocatoria | Hasta el 19 de octubre |
| 3 | Publicación de la convocatoria y del listado de vacantes en la web de la entidad; envío al Ministerio | 20 al 23 de octubre |
| 4 | Ajuste de vacantes con corte al 30 de octubre (si aplica) | 26 al 30 de octubre |
| 5 | Inscripción de docentes y directivos docentes | 2 al 13 de noviembre |
| 6 | Verificación de documentos por parte de las secretarías | 16 de noviembre al 11 de diciembre |
| 7 | Publicación de la lista de seleccionados | 14 al 18 de diciembre |
| 8 | Actos de traslado y comunicación, dentro de la misma entidad | 22 al 30 de diciembre |
| 9 | Comunicación a educadores de otra entidad, para iniciar el convenio interadministrativo | 31 de diciembre de 2026 al 8 de enero de 2027 |
| 10 | Aviso a rectores y directores rurales de los colegios con cambios | Hasta el primer día del calendario escolar 2027 |
Fuente: artículo segundo de la Resolución 026789 de 2026.
Reglas especiales para tres grupos
Escuelas Normales Superiores. El traslado preferente a estas instituciones correrá en simultánea con el proceso ordinario y con el mismo calendario. La convocatoria de cada secretaría deberá precisar el perfil de las vacantes y los criterios para conformar la lista de candidatos, según la Resolución 017614 de 2021.
Zonas PDET. Las vacantes rurales en municipios PDET deberán ofertarse para garantizar el traslado de los educadores que ingresaron por el concurso especial para zonas afectadas por el conflicto armado (procesos 601 a 623 de 2018 de la CNSC). Estos docentes solo pueden trasladarse a cargos del mismo perfil dentro de plantas exclusivas de municipios PDET, como lo establece la Resolución 4972 de 2018.
Etnoeducación afrocolombiana. Quienes aspiren a una vacante en un establecimiento que atiende a comunidades negras, afrocolombianas, raizales o palenqueras deberán presentar, además de los requisitos de la convocatoria, dos avales de la autoridad tradicional: uno del lugar de origen y otro del de destino.
Lo que se exige a las secretarías
La resolución pone la carga del proceso en las entidades territoriales. Los jefes de las oficinas de personal docente deberán disponer de los medios necesarios para cumplir el cronograma con transparencia, oportunidad e igualdad.
Las secretarías tendrán que remitir al Ministerio la convocatoria y el listado de vacantes en formato Excel a más tardar el 20 de octubre. También deberán anunciar en su página web los canales oficiales del proceso y el mecanismo de inscripción, que debe dejar registro de la fecha y hora de cada radicado. Donde no haya medios tecnológicos, la inscripción podrá hacerse de forma presencial.
El Ministerio insiste en los traslados entre departamentos, distritos y municipios certificados. Las vacantes ofertadas deben permitir la participación de educadores de otras entidades, y los convenios interadministrativos deberán tramitarse sin dilaciones. La norma subraya su importancia para docentes con situaciones personales o familiares que requieren especial protección.
La resolución incluye una advertencia: si una entidad incumple este procedimiento y el educador no se posesiona a tiempo en su destino, el Ministerio trasladará el caso de inmediato a los entes de control.
Qué deben tener en cuenta los educadores
Cada secretaría publicará su propia convocatoria entre el 20 y el 23 de octubre. Allí estarán las vacantes, los requisitos, los criterios de priorización y las fechas de verificación. Los interesados en trasladarse a otra entidad deben revisar la convocatoria de la entidad de destino, no la propia.
Una vez se produzca el traslado, el rector o director rural del colegio receptor tendrá tres días hábiles para enviar a la secretaría la constancia de presentación del educador, con su nombre, documento, fecha de presentación e inicio de labores.
Ficha de la norma
- Norma: Resolución 026789 del 2 de octubre de 2026, Ministerio de Educación Nacional.
- Firma: Ilva Myriam Hoyos Castañeda, ministra de Educación Nacional.
- Fundamento: artículo 22 de la Ley 715 de 2001 y artículo 2.4.5.1.2 del Decreto 1075 de 2015.
- Consulta previa: el proyecto se publicó para observaciones ciudadanas entre el 22 y el 27 de septiembre de 2026.
- Vigencia: a partir del día siguiente a su publicación

