Banner Before Header

EL ABORTO: LA CLAVE ES LA EDUCACION SEXUAL DESDE LA INFANCIA 

GEOMETRIAS 

0 367

Por:

Jorge Luis Piedrahita Pazmiño

 

Jorge Luis Piedrahíta Pazmiño

 

Consecuente con una línea de creciente progresismo la Corte Constitucional ha promovido un avance contundente hacia la modernidad, dejando atrás pesadas sombras inquisitoriales y arribando a la estricta igualdad religiosa y a la garantía de que todos los cultos por igual tengan la misma protección frente al Estado. El genuino acto de rebeldía de los constituyentes de 91, fue el rechazo del hecho católico, no como guarismo estadístico, sino como fundamento del vasallaje de las demás creencias y la supresión de las mismas del escenario formal de la República.

La igualdad, el derecho a no ser discriminado por creencias religiosas, ha de proteger por igual a quienes no las poseen. La libertad de cultos y el respeto por todas las creencias religiosas van de la mano del Estado laico. Para que los distintos tipos de fe puedan coexistir en una misma sociedad es necesario que ninguna se imponga sobre otra, y en especial que el Estado no privilegie a ninguna. Ni siquiera si esa creencia es presumiblemente mayoritaria. Por eso las leyes o actos administrativos no pueden confesar un credo específico. En últimas, el Estado laico es la garantía de la fe, de la diversidad de cultos: no existirá un dios oficial para que todos los ciudadanos tengan libertad de elegir.

Por eso la despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación, el pasado 21 de febrero por la Corte Constitucional, además de un paso gigantesco para el feminismo colombiano, es el sello lacrado para la consolidación del Estado laico y de la libertad de cultos. Por eso los reclamos del retrógrado y malévolo presidente de la República y de sus consuetas y corifeos de que la sentencia de la Corte va en contra de la mayoría no tienen ninguna trascendencia jurídica. La Corte Constitucional está legitimada por la rama legislativa que la elige, por la Constituyente que la creó hace 30 años y por la autoridad que le deviene de la Carta Magna.

Los católicos podrán seguir elaborando todas las teorías sobre el origen del hombre y podrán lanzar sus voces jupiterinas contra el aborto desde sus púlpitos, y sus ayatollás criollos excomulgar y proscribir a las mujeres que decidan abortar o a los médicos que las coadyuven. Eso es un problema de esa iglesia y también de la legión o no de mujeres que confiesan aquella religión. Lo que no pueden seguir pretendiendo es que sus preferencias religiosas sean ley. Y que se impongan por encima de la educación sexual o la salud.

 

La legalización o despenalización del aborto no sólo es un logro de las mujeres. Es una conquista para todos los que sueñen una sociedad crecientemente justiciera. A ese mismo desafío corresponderá muy pronto el derecho a la eutanasia, entrambos en desarrollo del derecho de toda persona a disponer soberanamente de su vida.  

 

Claro que estas decisiones de vida o muerte en una democracia –aunque imperfecta como lo es la  nuestra-  corresponden al Congreso, como expresión de la voluntad general. Pero como el parlamento ha devenido totalmente autista y ausente en estos temas y por el contrario, en este país laico, las vocerías cristianas, disfrazadas de partidos políticos, asumen posturas protagónicas y  absolutistas cargadas de todo el fanatismo paranoico. La Corte Constitucional sustituye entonces al Congreso por un principio físico de que en un Estado Social de Derecho no pueden existir espacios vacíos. Lo antidemocrático es precisamente convertir los pecados o prejuicios, en delitos. Y erigir la divisa de que la única fuente de la moralidad es la religión católica. La Biblia por encima de la Constitución como se atrevió a pontificar algún iluminado cuando el plebiscito por la Paz.

 

Eliminar la sanción penal no es una apología del aborto. La Corte no impuso el aborto obligatorio, sino que abrió una opción que la mujer tomará o no tomará de manera autónoma. Resulta también absolutamente respetable que la mujer que así lo desee, lleve su embarazo hasta el final. Pero que lo decida ella, no el párroco ni el presidente. 

 

La meta se superará, cuando la necesidad de abortar desaparezca porque al niño no lo espere un infierno y porque no hayan violaciones, desaparezca la pobreza, se optimicen las condiciones que perjudican al feto y a la madre, se universalice la asistencia didáctica y médica a fin de que las mujeres puedan ejercer sus derechos sexuales a ciencia y conciencia.

Ninguna mujer aborta por placer. Se sabe que es una experiencia dolorosa y traumática. La legalización asegura que miles de ellas no morirán, como hasta ahora, desangradas y degradadas.

Lo meritorio de la sentencia es el reconocimiento que desde hace quince años viene la alta judicatura avanzando en la conquista y protección de los derechos nucleares de la sociedad, privilegiadamente de los sectores marginados o minoritarios. El primer paso fue la sentencia C-355 de 2006, que establece que “no se incurre en el delito de aborto cuando, con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produce: a) porque constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por un médico; b) exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; o c) sea el resultado de un acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación o fecundación no consentidas, o de incesto”. Y ahora, la de veras histórica sentencia de 21 de enero.
Controlar los nacimientos no es privilegio de las sociedades modernas contemporáneas y ha significado palpitante inquietud a todo lo largo de la vida de la humanidad. Siempre existieron múltiples recetas, pociones, que se inventaban las mujeres para no quedar embarazadas o, cuando ya era tarde, para abortar. La ruda y el perejil, dizque eran (y son) las plantas mágicas que, nuestras mayores machacaban e ingerían oralmente o inyectadas de manera directa en la vagina (y) provocaban hemorragias capaces de inducir abortos.
Súmese cuando su salud no les permitía un nuevo embarazo, o en pobreza absoluta, todas condiciones indignantes y proclives a la desesperación y a la muerte. Es que las mujeres de alto estrato pueden recurrir al aborto en condiciones higiénicas; son las mujeres pobres las que no tenían alternativa. Son ellas las que no van a ser judicializadas.

Reconocer la historia de la lucha de las mujeres y sus embarazos y captar la trascendencia de la sentencia de la Corte, es entender el sentido de alborozo y felicidad que las embarga.

Publicidad Nación
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.