CONTRALORIA DETECTA HALLAZGO POR MÁS DE $1.400 MILLONES EN MALLAMÁS EPS-I
Por pagos irregulares a Junta Directiva de la EPS Indígena Mallamás con recursos del Sistema de Salud, la Contraloría General de la República establece un hallazgo fiscal por más de $1.466 millones
Bogotá, 14 de julio de 2025.-
La Contraloría General de la República detectó un hallazgo con presunta incidencia fiscal por más de $1.466 millones, derivado del pago irregular de gastos de desplazamiento y permanencia a miembros de la Junta Directiva de la EPS Indígena Mallamás, financiados con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
La situación se descubrió en una auditoría de cumplimiento realizada en el primer semestre de 2025, como parte del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal.
Según el organismo de control, dichos pagos fueron cubiertos con recursos del componente de parafiscalidad del SGSSS, sin que estuvieran justificados por funciones estatutarias o actividades propias del aseguramiento en salud, contraviniendo así la destinación específica de los fondos públicos.
El hallazgo, que también tiene incidencia disciplinaria, fue trasladado a la Superintendencia Nacional de Salud y será objeto de seguimiento por parte de la CGR, en coordinación con los entes de control competentes, para garantizar el uso eficiente, legal y transparente de los recursos públicos destinados a la salud de las poblaciones más vulnerables del país.
Pagos sin justificación ni controles internos
La auditoría, realizada por la Contraloría Delegada para el Sector Salud, evidenció que estos pagos fueron autorizados directamente por el Gerente General de la EPS-I, incluyendo viáticos de hasta 14 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) por día, incluso para actividades no relacionadas con sesiones de Junta Directiva.
Esto, a pesar de que los estatutos de la entidad prohíben expresamente cualquier tipo de remuneración a los miembros de su junta directiva, y que las funciones deben estar claramente relacionadas con el objeto social de la EPS-I.
Los pagos realizados fueron verificados en documentos contables, resoluciones internas y comprobantes de ingreso.
No se aportaron a la Contraloría soportes suficientes que acreditaran la necesidad, pertinencia y resultados de las comisiones de servicio financiadas con recursos públicos. Y se verificó que Mallamás EPS Indígena no estableció límites, políticas internas o mecanismos de control adecuados que garantizarán el uso eficiente y legal de los fondos públicos.
Autonomía indígena no implica excepción legal
La Contraloría reitera que, si bien reconoce la autonomía de los pueblos indígenas y el marco constitucional e internacional que respalda su derecho a la participación y a la autodeterminación, dicha autonomía no exime a las entidades indígenas habilitadas como EPS-I del cumplimiento estricto de la Constitución y la ley, en especial cuando administran recursos de destinación específica, como los del SGSSS, los cuales deben orientarse exclusivamente a garantizar el acceso a los servicios de salud.
Riesgo para la sostenibilidad financiera
El organismo de control también alertó que, según un reciente informe sobre el estado del sistema de salud por parte de las EPS, Mallamás EPS-I adeuda más de $302.035 millones a sus prestadores de servicios de salud y no cumple con el indicador de patrimonio adecuado, lo que compromete la sostenibilidad financiera de la entidad y pone en riesgo la atención de sus 410.833 afiliados.

¿La razón? Viáticos excesivos, sin justificación, ni controles internos… con recursos del sistema de salud.



La respuesta de Mallamás EPS-I


MALLAMÁS EPS Indígena, en ejercicio de su deber de transparencia institucional, informa a sus afiliados, a la comunidad indígena, a los actores del Sistema de Salud y a la opinión pública, que ha tomado conocimiento de un pronunciamiento público emitido por la Contraloría General de la República, el día 14 de julio de 2025, en el que se alude a un presunto hallazgo fiscal relacionado con gastos de desplazamiento y permanencia reconocidos a miembros de la Junta Directiva de esta entidad.
Ante lo anterior, nos permitimos manifestar lo siguiente:
1. Respeto por la función de control fiscal, pero también por el debido proceso.
Mallamos EPS Indígena respeta y valora el rol constitucional de la Contraloría General de la República como órgano superior del control fiscal. No obstante, es indispensable recordar que todo proceso de responsabilidad fiscal debe desarrollarse bajo el principio de debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, así como en la Ley 610 de 2000 y en la jurisprudencia reiterada del Consejo de Estado y la Corte Constitucional.
La información publicada corresponde, hasta donde se ha notificado formalmente, a un hallazgo en etapa preliminar, el cual no ha sido aún objeto de traslado formal ni ha derivado en auto de apertura de proceso de responsabilidad fiscal, por lo cual no existe una decisión definitiva ni oportunidad procesal para presentar contradicción.
2.Carácter reservado de las actuaciones fiscales en etapa previa.
La publicación de hallazgos fiscales antes de su traslado formal a los presuntos responsables plantea una tensión con el principio de reserva de la actuación fiscal, consagrado en el artículo 20 de la Ley 610 de 2000, que establece que solo se hará pública la investigación una vez se haya iniciado formalmente el proceso y se haya garantizado el derecho de defensa.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional (Sentencia C-103 de 2015) ha advertido que los informes preliminares de auditoría no deben ser tratados como decisiones definitivas, y su divulgación debe ser prudente, para no generar juicios anticipados ni vulnerar derechos fundamentales al buen nombre, presunción de inocencia y defensa.
3. Legalidad de las actuaciones y documentación entregada
Desde el inicio de la auditoría, la EPS INDIGENA MALLAMAS ha colaborado activamente con el equipo auditor y ha entregado los documentos soporte de los gastos realizados, incluidos actos administrativos, políticas internas, informes de actividades, soportes contables y criterios técnicos que sustentan la pertinencia de los desplazamientos.
Las decisiones que han sido objeto de cuestionamiento se adoptaron en el marco de la autonomía administrativa reconocida a las EPS indígenas, conforme al Convenio 169 de la OIT, la Ley 691 de 2001, y la normatividad nacional que permite el diseño y operación de modelos propios de atención con enfoque diferencial, en contextos territoriales de difícil acceso y con altos niveles de dispersión geográfica.
4. Compromiso institucional con la transparencia y la mejora continua
La EPSI ha activado mecanismos de revisión interna, con el fin de fortalecer sus políticas de control del gasto y garantizar una administración cada vez más transparente, técnica y ajustada a la normatividad vigente.
Así mismo, reiteramos que toda actuación administrativa de la entidad ha estado orientada por principios de legalidad, buena fe, racionalidad técnica, necesidad del servicio y vocación de servicio a nuestras comunidades, y serán debidamente sustentadas en los escenarios procesales correspondientes.
5. Llamado a la mesura informativa y a la preservación del buen nombre institucional
Respetuosamente solicitamos que cualquier pronunciamiento público por parte de los órganos de control respete los principios de presunción de inocencia, imparcialidad y debido proceso, evitando juicios anticipados que puedan generar confusión, desinformación o daño al buen nombre de la entidad y de las personas naturales involucradas, más aún cuando el proceso no ha iniciado formalmente.
Mallamos EPS Indígena reitera su disposición permanente a colaborar con las autoridades competentes, a aportar los elementos requeridos, y a actuar en todo momento dentro del marco de la ley, en defensa del derecho fundamental a la salud de sus más de 400.000 afiliados, y en ejercicio de la autonomía indígena consagrada en la Constitución Política y el bloque de constitucionalidad.

Luis Fernando Cuastumal Cuatín
Gerente Mallamos EPS Indígena

