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LA CONSTITUCIÓN: CAUCE Y NO DIQUE

La nueva Constitución, hoy una adulta de 35 años, supuso un recio quiebre en la sociedad colombiana. Su mayor mérito va más allá de lo jurídico y se ubica en el ámbito cultural. El colombiano, antes de 1991, debía ser católico, liberal o conservador, blanco, hijo legítimo, indivorciable, heterosexual, citadino. Al colombiano de hoy se le respetan todos sus credos, porque el Estado confesó -y valga la palabra- que es laico, se le respeta su afiliación partidista, su filiación extramatrimonial, su independencia conyugal, sus preferencias culturales, sexuales, deportivas. Todo lo que está en riesgo hoy por hoy cuando los vientos oscurantistas de la “patria milagro” amenazan el “destripe” de la oposición.

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Por

Jorge Luis Piedrahita

 

Jorge Luis Piedrahita Pazmiño

 

¿Quién hubiera sospechado que transcurrirían TREINTA Y CINCO años de la promulgación de una nueva carta constitucional, que nuestra generación soñó y puso en vigencia?

En efecto: desde cuando ingresamos, en 1978, a la Facultad de Derecho del Externado de Colombia, la primera gran noticia jurídica que nos alertó fue la de que la Honorable Corte Suprema de Justicia, al promediar mayo, con ponencia del magistrado nariñense José María Velasco Guerrero, había invalidado la convocatoria de una constituyente que lideraba el gobierno del Presidente López Michelsen, fundamentalmente para reformar la administración de justicia y el régimen territorial, asignaturas aún pendientes y apremiantes.

Controvertida decisión que con el tiempo serviría de piedra de escándalo en las máximas instancias jurisdiccionales.

El propio expresidente López Michelsen, en su última gira por Ipiales (2006) confesaba que la Corte Suprema se había pronunciado más con antipatías personales que con argumentos jurídicos para tumbarle su reforma. El aguerrido estadista con fama de erudito constitucionalista me decía que la mesa directiva de la Corte había llamado de urgencia al magistrado José María Esguerra Samper, a la sazón de licencia en Londres, para que venga a conformar el quórum mayoritario para decretar la inexequibilidad del Acto Legislativo número 2 de 1977.

Al finalizar 1981, otra noticia del mismo calibre sacudió nuevamente el entorno universitario y la opinión nacional: la Honorable Corte Suprema había anulado la reforma constitucional de 1979.

En esta ocasión, la Corte recibió el entusiasmado respaldo de las academias, del foro, de los catedráticos, de los universitarios, porque daba al traste con un “acto de tropel y de parranda” del Congreso al haber reformado la Constitución vigente sin respetar las liturgias de fondo y de forma. Eso dijo el demandante profesor y mártir Manuel Gaona Cruz.

No obstante, el acatado expresidente Alberto Lleras Camargo afirmó que la Corte “había ido demasiado lejos”.

De esa temperatura fue, pues, mi encuentro con el derecho público que desde esas fechas cautivó mi  formación intelectual, por lo mucho de jurídico, político, sociológico, popular que contiene. Del eximio ius-constitucionalista Carlos Restrepo Piedrahita había aprendido que “el derecho público constitucional es ante todo históricamente el derecho de la libertad política y la defensa de la libertad e impone tomar posiciones estratégicas frente a las inexhaustas y siempre amenazantes legiones de despotismo”.

Esas dos decisiones de la Corte Suprema entrañaban una compleja y extraña supremacía de un poder constituido, arrebatándole sus funciones y decisiones al Congreso Nacional que actuaba como poder constituyente. Al fin y al cabo, el Congreso era elegido popularmente y la Corte se nutría incestuosamente. Entre ellos mismos por cooptación.

Al cabo de muy pocos años las cosas irían a cambiar espectacularmente en nuestro país, comoquiera que el derecho público interno –por decisión de sus altos jueces- se encontraba petrificado y no había ni remotas posibilidades de que la Corte variara su jurisprudencia para abrirle espacios a la imaginación de nuestros dirigentes extraviados en el laberinto de las sinsalidas jurídicas.

Desde las aulas universitarias y las columnas de opinión de los periódicos, se dejaron venir las iniciativas. Por mi modesta parte, en mi tesis de grado de 1983 (“Las venas abiertas de la justicia constitucional”), es decir siete años antes, ya proponía la convocatoria de una asamblea constituyente, elegida nacionalmente, para que promulgue una nueva constitución, cree una Corte Constitucional, que sea titular y máxima referencia de la jurisdicción constitucional, instale el derecho de amparo (o acción de tutela como finalmente se llamó), potencialice la regionalización y en fin otras provocativas ideas propias de la ebullición juvenil intrauniversitaria incontaminada del mundanal ruido.

El país estaba atrapado en la encrucijada de su crisis permanente y su tragedia social más que centenaria, urbana como rural. El alma nacional desgarrada ante el espantable espectáculo de una patria que ya no tenía tierra para sepultar a sus hijos inmolados en guerra fratricida. Hasta la esperanza, que es el sueño de los hombres despiertos, según dijo el poeta, había sucumbido entre nosotros.

Pero el detonante final fue el asesinato de Luis Carlos Galán, en 1989, que provocó la ira universitaria y la convocatoria de la constituyente de 1991. Como en 1929, como en 1954, 57, en 1990 los estudiantes fueron el turbión inatajable que condujo a la revocatoria del ayer, lo que López Pumarejo llamó en su momento “la liquidación amistosa del pasado”, “esa cancelación cordial del peso abrumador de rencores y perjuicios” que demandaba el país para abrirle las puertas al porvenir.

Colombia necesitaba una nueva Constitución edificada sobre la voluntad nacional. Para una nueva sociedad pluralista cada vez más doliente y partícipe de las decisiones que afectan su día a día. Para una nueva ciudadanía incluyente de todos los sectores y primordialmente de los marginados y olvidados. Para asumir su rol en el nuevo orden internacional que se está gestando en la era de las revoluciones tecnológicas y de las inversiones sostenibles. Para trasladar poder al ciudadano común y que cuando sea tratado arbitrariamente tenga una salida a la agresión, para que una madre soltera pueda solicitar a un juez que ordene prontamente a un colegio admitir a su hijo y cese la discriminación en su contra, para que una persona cuya vida esté en peligro no se le pueda negar atención médica por carecer de recursos y un juez pueda ordenar a un hospital prestarle asistencia inmediata. Para que a nadie le sea negada la oportunidad de manifestar pacíficamente su inconformidad o sus ideas por heterodoxas que sean.

Es una verdad de a puño que todo problema de derecho constitucional es un problema de poder. Ese es el ojo del huracán: el bucear el punto de equilibrio entre la majestad del Estado y las libertades ciudadanas para erradicar toda forma de injusticia y arbitrariedad.

Hicimos tránsito en 1991 de un mero Estado de Derecho a un vigoroso Estado Social de Derecho que incluye la vigencia del sistema de democracia representativa, a la par con una democracia participativa, deliberativa y también con la democracia material que imponen los derechos fundamentales; un sistema de garantías judiciales muy fortalecido integrado por las jurisdicciones tradicionales ordinaria y contenciosa, pero que además se perfecciona con la constitucional, la indígena y la de paz (y ahora la de restitución de tierras). También todo un título para los derechos fundamentales de donde surge en toda su imponencia la teoría y praxis de los derechos humanos como el único camino viable hacia la convivencia pacífica y hacia un orden justo que procure la consolidación de la democracia.

Y al lado de ellos, los derechos sociales y colectivos porque de lo que se trata es de afrontar el hecho de que la real libertad no puede existir sin seguridad económica y sin independencia. Y lo socioeconómico debe ser una inspiración imperativa del Estado. La salud, por ejemplo, en su concepto mínimo y popular para buscar y obtener una vida digna y compartida con los demás no puede ser privilegio sino un derecho de  todos.

La nueva Constitución, hoy una adulta de 35 años, supuso un recio quiebre en la sociedad colombiana. Su mayor mérito va más allá de lo jurídico y se ubica en el ámbito cultural. El colombiano, antes de 1991, debía ser católico, liberal o conservador, blanco, hijo legítimo, indivorciable, heterosexual, citadino. Al colombiano de hoy se le respetan todos sus credos, porque el Estado confesó -y valga la palabra- que es laico, se le respeta su afiliación partidista, su filiación extramatrimonial, su independencia conyugal, sus preferencias culturales, sexuales, deportivas. Todo lo que está en riesgo hoy por hoy cuando los vientos oscurantistas de la “patria milagro” amenazan el “destripe” de la oposición.

También se desató el catálogo de los derechos, no como emanación del Estado nodriza muy parecidos a la cristiana caridad sino como deuda del Estado para con sus súbditos, como obligado crédito del ciudadano con mecanismos infalibles de protección. Acción de tutela, acciones populares, acciones de grupo, todo un nuevo derecho procesal constitucional para salvaguardar el formidable repertorio de los derechos de todas las generaciones.

La Carta de Derechos es por ello la tabla protectora del indefenso y anónimo colombiano.

La tutela reconocida como la nueva vedette de la justicia, verdadero tren de aterrizaje de la Constitución, ha respondido por fin a la necesidad de justicia, tantas veces insensiblemente aplazada.  
Pero no todo ha salido bien.

Si bien, los constituyentes separaron nítidamente las esferas de lo teológico y lo  estatal e hicieron de Colombia un Estado laico, gobiernos como el de Uribe Vélez, Duque -lo que también promete De la Espriella- retornaron el confesionalismo a las aulas escolares, algo propio de las tinieblas de la Regeneración que creíamos superado. Bien hubiéramos podido seguir a los reformistas mexicanos de Benito Juárez que al separar las dos potestades entendieron que la Iglesia dejaba vacío el espacio para que la cultura lo llenara. El estado se vio compelido a promover la cultura como uno de sus designios esenciales.

La administración de justicia no es cumplida ni pronta. Y por ello es lo más cercano a la injusticia. No solo en la arquitectura constitucional, sino, particularmente, en la vida cotidiana. En efecto, la mora total en el sistema judicial, esto es, lo que se demoraría la evacuación si no ingresaran procesos nuevos, es de 9 años en la jurisdicción ordinaria y de trece en la contenciosa.

El Consejo Superior de la Judicatura, otro de los órganos creados en 1991, amén de ser refugio de los políticos cesantes ha escandalizado al país con la conducta de algunos de sus magistrados, elegidos por el Congreso en contubernio reprochable. Predíquese lo mismo de la propia Corte Constitucional que ha albergado figuras como Pretelt o Camargo, vergüenza total.

El régimen departamental siguió colapsado. En las discusiones de 1991, la existencia de los departamentos se salvó por un voto. Son y eran cadáveres insepultos. Más de quince proyectos de ley orgánica de ordenamiento territorial han sucumbido ante la indiferencia de los congresistas que no quieren modificar la geografía de sus feudos podridos. Jaime Castro ha dicho que la ley que se discute actualmente no arregla nada. La creación de las 7 regiones se hace patéticamente impostergable.
La política no mejoró. Se reconoce que con la inmunidad (impunidad) parlamentaria de antaño no se habrían apresados ochenta congresistas sindicados por paramilitarismo y marionetas, otros tantos en turno por nuda corrupción y que la pérdida de investidura ha desenmascarado los conflictos de intereses y el tráfico de influencias. La mecánica política no sólo sigue siendo la profesión (?) más desprestigiada, sino que muy pocos ciudadanos decentes se someten a sus designios clientelistas y corruptores.

El modelo económico montado en una  economía de mercado fue legislado a favor del sector privado: el sistema financiero, los oligopolios industriales y los gremios agropecuarios. El ponente de la Ley 100 de 1993, el inefable Álvaro Uribe Vélez, quien cedió a las EPS el negocio de la medicina para la clase media solvente y le dejó al Estado la salud del 60 % de la población. Esa misma ley le cedió el ahorro pensional al sector financiero (que hoy llega a $310 billones, casi un tercio de la riqueza nacional), el cual fijó altas comisiones a las pensiones obligatorias (el 1 %, el triple de lo usual en la intermediación financiera pasiva) y excesivas a las voluntarias (hasta el 4 %). Esa jugadita habilitó a dos grupos financieros para que incursionaran en otros sectores de la economía, como la construcción de infraestructura en el caso del grupo de Sarmiento Angulo. Además, colgó a las nóminas parte de los pagos de la seguridad social, lo que aumentó la informalidad y el desempleo en forma estructural. Aún más, las obras públicas se financiaron con peajes y no con el raquítico presupuesto de la nación, lo que encareció el transporte y empobrece a toda la sociedad.

A la fecha, la Constitución ha sido reformada 53 veces. 5 relativas al Acuerdo con las Farc, algunos transitorios; 4, creadores de distritos especiales; 3, sobre justicia penal militar; 3, de circunscripciones electorales especiales; 3, reformas al régimen de regalías; 2, reformas políticas, 2, al control fiscal y 2, reformas para incorporar a carrera administrativa a quienes estaban provisionales. Además de reformas a las asambleas departamentales, extradición, expropiación, Bogotá, nacionalidad, períodos de gobernadores y alcaldes, reelección, pensiones, salud, moción de censura, sostenibilidad fiscal, doble instancia, entre otros.

Unas antidescentralistas, de duro castigo a la autonomía territorial y otra de ellas perversa que permitió la reelección inmediata de Uribe Vélez con su herencia de vergüenza mayor en todos los frentes del Estado. Por fortuna, la Corte Constitucional, como guardiana de la integridad de la Carta, atajó la segunda reelección que hubiera sido el camino para la dictadura perpetua.

En el gobierno del presidente Petro se intentaron reformas necesarias y no se entiende -por ello- el aquelarre jupiterino que  sazonó la oligarquía megarrica y sus corifeos paniaguados de la prensa hablada y escrita ante la iniciativa popular de reformar la Constitución en temas cruciales y contemporáneos, siendo que los Uribes y los duques y Gavirias la han retocado cincuenta y cinco (55) veces sin que el andamiaje haya crujido ni sucumbido.

Diez constituciones nacionales hemos tenido los colombianos a lo largo de estos doscientos años. La novena fue la de 1886 y la décima, la de 1991. En el siglo XIX, hubo una irreformable, la de 1863, comoquiera que exigía la votación unánime de todos los 9 Estados y la de todos los plenipotenciarios. Tan pétrea que se hizo inviable y por ello se incendió en la batalla de La Humareda cuando al vencerla, el gobierno de Núñez pudo proclamar que la Constitución de Rionegro “ha dejado de existir”. Típico golpe de estado que nadie castigó y que por el contrario posibilitó la expedición de la Constitución monocrática, monástica, monárquica “desgraciadamente electiva”, de 1886, que, rota sus vértebras en 1936, 45 y 1968, llegó centenaria y andrajosa hasta 1991.

Explícitamente el  artículo 374  prescribe que la Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo. Así que la propuesta supralegal no es desventurada ni descaminada.

La agenda de reformas incluye eliminar las tareas clientelistas y pestilenciales de las cortes, lo que originó no sólo “el cartel de la toga” sino la promoción a la judicatura constitucional de sujetos como Jorge Pretelt o como Carlos Camargo elegidos en actos típicamente simoníacos. Así mismo se convirtieron (tanto la Corte Constitucional como el Consejo de Estado) en  sucursales de los partidos políticos apostándole a la caída del gobierno. ¡Qué tal sesionar en vacaciones sólo para tumbar la emergencia económica!

Para evitarnos los conflictos de interés y el carcelazo totalmente exótico de ministros honestos como Bonilla (ya en libertad) y Velasco, se ha de impulsar el régimen parlamentario para que un jefe de coaliciones lidere la agenda de gobierno-legislativo y caiga cuando ya no cuente con el respaldo de las mayorías. Inclusive piénsese en un sistema unicameral para que responda a un país en donde no hay aristocracia ni sangre azul (sólo megarricos que aspiran  a  ser oligarcas). Es el Congreso, el que ha permanecido impávido, cobarde, abúlico, sin dar señales de vida frente a temas tan acuciantes y palpitantes de la vida nacional. Algunas cuestiones –eutanasia, aborto, formas diversas de familia, jurisdicción agraria- han sido sistemáticamente excluidas de la agenda legislativa. Lo único que los alimentó es el odio al presidente Petro y por ende ser mulas muertas obstructoras de la justicia social.

El recuerdo de estas décadas temblorosamente nos ha empujado al pasado cuando éramos jóvenes fletados de sueños y ambiciones. Tuvimos que ver con este proceso constituyente y por eso es que con nostalgia y lealtad que lo evocamos en el entendido de que, desde nuestras bancas universitarias nos preocupó el devenir de nuestra Patria.

No sólo por mi desprevenida contribución con mi tesis de grado a la temática de la Asamblea Constituyente sino porque fui candidato (por sugerencia y recomendación de Parmenio Cuéllar) en el tercer renglón en la lista que el Nuevo Liberalismo integró, mi recuerdo es solidario con sus orígenes y con sus desarrollos que son todavía, aún hoy, surco propicio para sembrar la justicia social en nuestra amada Patria.

Aunque no se impone el reemplazo de la Constitución y nadie lo ha propuesto, entre otras cosas porque una es la parte orgánica de la Constitución (que de suyo es revisable y ajustable siempre de acuerdo con los requerimientos de los tiempos y de las sociedades) y otra, la dogmática, que de suyo también es irrefragable porque supone el núcleo y pilar del sistema democrático, se avala tomar prestados el espíritu y la metodología del proceso ejemplar emprendido en 1991, comprometerse seriamente con una nueva generación de colombianos en un esfuerzo por encontrar un terreno común y actual que consulte los requerimientos de la vida contemporánea, en temáticas como el cambio climático, la inteligencia artificial, los derechos emergentes y la protección de las minorías, además los desafíos de siempre en las dimensiones de la justicia social.

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