NUEVAS TARIFAS PARA EL TRANSPORTE PUBLICO DE IPIALES
Los nuevos valores entran a regir desde este lunes 24 de enero

Mediante Decreto No. 009 de 21 de enero de 2022, por medio del cual se fijan las tarifas para los servicios de transporte público individual de pasajeros en vehículos tipo taxi y transporte público colectivo en el municipio de Ipiales, el alcalde Luis Fernando Villota Méndez, decretó nuevas tarifas, considerando que el transporte público es una industria encaminada a garantizar la movilización de personas o cosas por medio de vehículos apropiados a cada una de las infraestructuras del sector, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios.
Las nuevas disposiciones se fundamentan en los estudios de costos para el establecimiento de las tarifas de los modos de transporte y que los equipos destinados al servicio público deberán cumplir las condiciones de peso, dimensiones, capacidad, comodidad, control gráfico o electrónico de velocidad máxima, control a la contaminación del medio ambiente y otras especificaciones técnicas, so pena de las sanciones que la Ley contempla para ello.
Además, se tiene en cuenta que el último aumento de tarifas para el servicio de transporte público colectivo e individual en Ipiales tuvo lugar en el año 2019, por lo cual la Secretaría de Movilidad actualizó el estudio básico de tarifas técnicas para el servicio de transporte público colectivo e individual, resaltando que por concertación de las Empresas de transporte legalmente constituidas y la Administración, se fijaron las tarifas del servicio público de transporte para 2022
Por lo antes expuesto,
DECRETA
Artículo 1: Fíjense las siguientes tarifas de transporte público a partir del 24 de enero de 2022, para el servicio de transporte público colectivo y de transporte individual tipo taxi:
PARAGRAFO 1-. Las tarifas que se cobrarán a los niños menores de 12 años será de MIL PESOS ML ($ 1.000) en la modalidad de buses y busetas de servicio colectivo según lo aceptado por los operadores.
Artículo 2: Cobro. Para el cobro de la tarifa autorizada para el transporte público individual, deberá portarse en la parte trasera del espaldar del puesto del acompañante del vehículo, la respectiva tarjeta de control, acorde con lo dispuesto en el Decreto Nacional 172 de 2001, compilado en el Decreto 1079 de 2015. Además, deberá registrar la información relacionada con el valor de las tarifas fijadas mediante el presente decreto e imprimirse en una calcomanía, la cual se colocará en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero y en el margen izquierdo de la puerta de ascenso de pasajeros.
Artículo 3: Cumplimiento. La Secretaría de Movilidad se encargará de vigilar el cumplimiento de lo previsto en el presente Decreto, para lo cual efectuará los operativos de control requeridos, iniciará las investigaciones y aplicará las sanciones legales correspondientes.
Artículo 4: Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día lunes 24 de enero de 2022 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y Cúmplase
Dado en Ipiales, a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil veintidós (2022).
Suscribe el decreto, Luis Fernando Villota Méndez, alcalde de Ipiales.
