NUEVA RESOLUCION DE CALENDARIO ESCOLAR EN NARIÑO

Se trata de la Resolución No. 0301 de 2023, expedida este 2 de febrero.

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RESOLUCIÓN No. 0301 DE 2023
(02 de febrero)

 

Por la cual se deroga la Resolución N.0235 del 19 de enero de 2023, y se modifica la Resolución No 4228 del 18 noviembre de 2022, la cual establece el Calendario Académico A, para el año lectivo 2023.

 

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DE NARIÑO

En uso de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere la Ley 115 del 8 de febrero de 1994, Ley 715 del 21 de diciembre 2001, el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994, establece que corresponde a las Secretarías deEducación Departamentales y Distritales, entre otras funciones la de organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias en sus jurisdicciones.

Que el numeral 6.2.1 del artículo 6° de la Ley 715 de 2001, establece que a los Departamentos les compete, frente a los municipios no certificados, dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles educativos en sus distintas modalidades y organizar la prestación y administración del servicio educativo en su jurisdicción.

Que la presidencia de la Republica mediante Decreto No 2113 del 1 de noviembre del 2022, declara una situación de desastres de carácter nacional, que en su artículo primero: “declaratoria de Situación de Desastre. Declárese la existencia de una Situación de Desastre de carácter nacional en todo el territorio nacional por el término de doce (12) meses.”

Que el Ministerio de Transporte, expidió la Resolución No. 00038 de 10 de enero de 2023, que, en su artículo primero, reconoce, “… la afectación de la conectividad terrestre en los Departamentos de Cauca y Nariño, por el deslizamiento de tierra presentado el día 9 de enero de 2023, en el Municipio de Rosas-Departamento del Cauca”.

Que dicha situación conllevó al bloqueo de la vía Panamericana, lo cual ha ocasionado importantes repercusiones en el departamento de Nariño, afectando el normal desarrollo de algunas actividades, entre ellas las del sector educativo.

Que mediante Decreto N. 013 de 25 de enero de 2023, la Gobernación de Nariño declaró la situación de Calamidad Pública, por el movimiento en masa presentado en el municipio de Rosas del departamento del Cauca, que ocasionó el cierre de la vía panamericana.

Que el Decreto 1075 de 2015 en su artículo 2.4.3.4.2. sobre la modificación del calendario académico o de la jornada escolar estableció lo siguiente: “La competencia para modificar el calendario académico es del Gobierno Nacional, los ajustes del calendario deberán ser solicitados previamente por la autoridad competente de la respectiva entidad certificada mediante petición debidamente motivada, salvo cuando sobrevengan hechos que alteren
el orden público, en cuyo caso la autoridad competente de la entidad territorial certificada podrá realizar los ajustes del calendario académico que sean necesarios.

Que dada la afectación de la conectividad terrestre en los departamentos de Cauca y Nariño, por el deslizamiento de tierra presentado el día 9 de enero de 2023, en el municipio de Rosas-departamento del Cauca, se hace necesario convertir dos (2) semanas de trabajo académico a desarrollo institucional

Que las medidas de ajustes al calendario académico que adopte la Secretaría de Educación Departamental de Nariño, deben estar encaminadas a garantizar el derecho a la educación, la protección y el cuidado de la comunidad educativa, respetando los derechos laborales de los directivos docentes, docentes y personal administrativo de los establecimientos educativos de los 61 municipios no certificados del departamento de Nariño.

Que el Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo, en sesión del 31 de octubre de 2022, consideró que se está en presencia de una situación constitutiva de desastre en los términos que define el Capítulo VI de la Ley 1523 de 2012 y emitió concepto favorable, y en tal medida recomendó al presidente de la República declarar la Situación de Desastre de Carácter Nacional.

En consecuencia, se considera conveniente y oportuno acoger la recomendación del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo, a fin de conjurar la Situación de Desastre por la temporada de lluvias asociada al fenómeno de la Niña y el derivado incremento de la crisis alimentaria e iniciar el proceso de recuperación temprana de los efectos causados y de las condiciones de vida digna de la población.

Que en virtud de las orientaciones señaladas para la prestación del servicio educativo en situación de emergencia, se hace necesario ampliar una (1) semana más para desarrollo institucional, para ser realizada del 06 al 12 de febrero del 2023, con el fin de brindar orientaciones a los establecimientos educativos de los municipios no certificados, para que realicen los procesos de planeación, ajustes y flexibilización curricular correspondientes
para la prestación del servicio educativo.

Que el Ministerio de Educación Nacional atendiendo la solicitud de la Secretaría de Educación Departamental de Nariño, realizada mediante correo electrónico, aprueba la modificación planteada en el calendario académico.

Que, por lo expuesto, se hace necesario derogar la Resolución No. 0235 del 19 de enero de 2023, y modificar la Resolución Nº 4228 de 18 noviembre de 2022, por la cual se estableció el Calendario Académico A, para el año lectivo 2023, en los establecimientos educativos oficiales que prestan el servicio público educativo en los niveles de preescolar, básica y media y educación de adultos de los municipios no certificados del departamento de Nariño, en el marco de la afectación de conectividad terrestre entre los departamentos de Cauca y Nariño.

Que, por lo anteriormente expuesto, el Secretario de Educación Departamental de Nariño.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Deróguese la Resolución No. 0235 del 19 de enero de 2023, y modifíquese la Resolución No 4228 del 18 noviembre de 2022, por la cual se establece el Calendario Académico A, para el año lectivo 2023.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Modifíquese los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución Nº 4228 del 18 noviembre de 2022, los cuales quedarán así: .

“ARTÍCULO PRIMERO: Fijar el Calendario Académico para el año lectivo 2023, en losestablecimientos educativos oficiales que prestan el servicio público educativo en los niveles de preescolar, básica y media y educación de adultos de los municipios no certificados del departamento de Nariño y se dictan otras disposiciones, según lo expuestoen la parte motiva, las semanas lectivas serán de cuarenta semanas (40) de trabajo académico con los estudiantes, las cuales se distribuirán de la siguiente manera:

 

 

“ARTÍCULO SEGUNDO”. Actividades de desarrollo institucional. De acuerdo al artículo 2.4.3.2.4. del Decreto Nacional 1075 de 2015, las actividades de desarrollo institucional comprenden el tiempo dedicado por los directivos docentes y los docentes a la formulación, desarrollo, evaluación, revisión o ajustes del Proyecto Educativo Institucional; a la elaboración, seguimiento y evaluación del plan de estudios; a la investigación y actualización pedagógica; a la evaluación institucional anual y a otras actividades de coordinación con organismos o instituciones que incidan directa e indirectamente en la prestación del servicio educativo.

Para el desarrollo de estas actividades, el rector o director adoptará o definirá un plan de trabajo para los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo, durante la jornada laboral.

Por lo tanto, las semanas de desarrollo institucional se llevarán a cabo de la siguiente manera:

 

 

ARTÌCULO TERCERO: Lo demás contenido en la Resolución Nº 4228 de 18 de noviembre de 2022, para el año lectivo 2023, no se modifica y por lo tanto conserva su validez.

ARTÌCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en San Juan de Pasto a los, dos (2) días del mes de febrero de 2023.

 

 

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