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CONSEJO DE ESTADO ANULA Y CONFIRMA ELECCION DE DOS SENADORES

Por decisiones del Consejo de Estado, ya son 5 los senadores del Pacto Histórico que han salido del Congreso por sus decisiones

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Senador Alexander López Maya

 

Senador Alexander López Maya

 

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección del señor Alexander López Maya quien había sido elegido como senador de la República para el período 2022 – 2026, al encontrar que incurrió en la prohibición de doble militancia.

La Sala indicó que el señor López Maya a pesar de pertenecer y haber sido candidato al Senado de la República por el Partido Polo Democrático Alternativo, colectividad integrante de la coalición «Pacto Histórico» apoyó la candidatura del señor Jorge Édgar Flórez Herrera quien fue inscrito por el Partido Alianza Verde para la Cámara de Representantes por el departamento de Santander para el período 2022-2026, agrupación política que no hacía parte de la referida coalición.

De otro lado, precisó que aunque la Coordinación Departamental del Polo Democrático manifestó su apoyo público al señor Flórez Herrera, esta circunstancia no afectó el acuerdo de coalición, razón por la cual, sus integrantes debieron abstenerse de apoyar a candidatos distintos a los del «Pacto Histórico».

La Sala, finalmente, indicó que aunque el demandado solicitó la revocatoria de la inscripción de la candidatura de la coalición a la Cámara de Representantes por Santander, dicha petición fue negada por el Consejo Nacional Electoral. De esta forma, se encontraron configurados los elementos de la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo, razón por la cual se procedió a declarar la nulidad de la elección en los términos del numeral 8 del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Senador De La Calle Lombana

 

Senador Humberto De La Calle

 

También la Sección Quinta del Consejo de Estado mediante sentencia del 9 de noviembre de 2023 negó las pretensiones formuladas por varios demandantes en ejercicio del medio de control de nulidad electoral contra la elección del senador Humberto De La Calle Lombana, período 2022-2026.

La Sala indicó que el demandado no incurrió en doble militancia, toda vez que las manifestaciones de apoyo que censuran los demandantes, en favor del candidato presidencial Sergio Fajardo, quien pertenecía a la coalición denominada «Alianza Verde-Centro Esperanza», se produjeron con posterioridad a las elecciones que se llevaron a cabo el 13 de marzo de 2022. Al respecto, recordó que uno de los elementos que configuran la doble militancia consiste en que los actos de respaldo deben producirse durante la campaña electoral, es decir, desde el día en que se inscribe el candidato hasta la fecha en que se llevan a cabo los comicios, lapso frente al cual no se acreditó conducta alguna del demandado que transgrediera la citada prohibición.

La Sección Quinta tampoco acogió el argumento según el cual el señor De La Calle habría incurrido en doble militancia al haberse posesionado como senador de la República, pese a que había sido expulsado del partido político «Verde Oxígeno» por decisión que la Asamblea General de esa colectividad adoptó el día 16 de julio de 2022. La Sala precisó que esa expulsión nunca surtió efectos jurídicos, pues la eficacia y oponibilidad de esa medida está sometida al registro que debe autorizar el Consejo Nacional Electoral, autoridad que finalmente negó la inscripción de esa decisión.

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