LA UNIÓN HACE LA FUERZA

El ejercicio adelantado por los diferentes actores, que tiene que ver con este tema tan delicado del levantamiento de la declaratoria de desastres por el riesgo del Volcán Galeras para los municipios referenciados, fue muy fructífera, positiva, concertada, pacífica, muestra que la unión de la comunidad hace la fuerza para seguir avanzando y no desfallecer.

Por:

Álvaro Montenegro Calvachy (1)

 

Álvaro Montenegro Calvachy

 

El inciso 2do. de la Constitución Política de Colombia (2), estatuye que las autoridades de la República, están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Pues bien, con este mandato constitucional, hay necesidad de referenciar lo que ocurrió el pasado jueves, 4 de noviembre de 2025, en la reunión sostenida en Pasto, presencial y virtualmente con directivos de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (UNGRD) -en adelante gobierno nacional- y los señores alcaldes de los municipios de Nariño y La Florida, concejales de estos municipios y de Pasto, equipos jurídicos del departamento de Nariño, municipio de Pasto, personero municipal de Nariño y los dirigentes del Movimiento Popular Galeras, en cabeza de su líder Edgar Torres Palma y del suscrito, quien recibió la representación de este movimiento social y que para estos efectos denominaré comunidad.

El objetivo, era analizar el segundo proyecto del borrador del Decreto presidencial (3) por medio del cual, entre otros aspectos, se declaraba el retorno a la normalidad en los municipios de Pasto, Nariño y La Florida del departamento de Nariño, respecto de la declaratoria de situación de desastre departamental proferida por medio del Decreto 4106 de 2005 y prolongada su vigencia en virtud de la orden contemplada en la Sentencia T-269 de 2015, de la Corte Constitucional.

Igualmente, se plasmó que el régimen especial de gestión del riesgo de desastres contemplado en el capítulo VII de la Ley 1523 de 2012, continuaría aplicándose para la ejecución de las tareas de rehabilitación y reconstrucción contempladas en el Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras – PIGRVG.

Para efectos de la aplicación de la Ley 1523 de 2012, en el marco de la implementación del acto administrativo, el Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras –PIGRVG- sería asimilado al Plan de Acción Específico – PAE.

En cuanto al Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras – PIGRVG, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, se ordenaba a las autoridades nacionales, departamentales y municipales, la realización de las acciones necesarias para garantizar la adecuada ejecución de la actualización del citado Plan, en los términos señalados en las órdenes  judiciales y de conformidad con lo acordado en la audiencia pública celebrada el día 15 de mayo de 2025.

Los Municipios de Pasto, Nariño y la Florida, deberán garantizar que las estrategias del Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras (PIGRVG), tanto como los estudios de riesgo, vulnerabilidad y exposición, estén incluidos en sus instrumentos de planificación para la gestión del riesgo de desastres (estrategias municipales para la respuesta a emergencias y planes municipales de gestión del riesgo), para el ordenamiento territorial Planes de Ordenamiento Territorial – POT, y Esquemas de Ordenamiento Territorial –EOT, Planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas) y los planes de desarrollo municipal, según sea el caso, de los municipios de Pasto, Nariño y La Florida, promoviendo una gestión territorial del riesgo volcánico coherente y sostenible.

El Departamento de Nariño, deberá actualizar y armonizar el Plan de Desarrollo Departamental, la Estrategia Departamental de Respuesta a Emergencias y el Plan Departamental de Gestión del Riesgo, en consideración de los estudios de riesgo y el Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras (PIGRVG).

Parques Nacionales Naturales de Colombia, deberá actualizar los instrumentos de gestión integral del Santuario de Fauna y Flora Galeras, en consideración de los lineamientos expuestos en los Estudios referenciados y garantizar una articulación e implementación de este instrumento actualizado con el Plan Integral para la Gestión del Riesgo del Volcán Galeras (PIGRVG).

Finalmente, el control, seguimiento y evaluación del Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras – PIGRVG, estaría a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en coordinación con las autoridades nacionales, departamentales y municipales, así como las comunidades y movimientos sociales que hacen parte del proceso en mención.

El borrador del decreto presidencial, había sido remitido con anticipación para el estudio y socialización de la comunidad.

El gobierno nacional, lo sustentó con una previa armonización que ya se contaba con la versión final del Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras, que el Tribunal Administrativo de Nariño había decidido no aperturar un incidente de desacato en el fallo judicial de la construcción de los albergues para los 3 municipios, pero había exhortado al gobierno nacional para que, en el término de 4 meses, realizara las gestiones que se le había ordenado para su implementación.

También, que se habían instaurado denuncias penales contra aquellos contratistas que habían incumplido con lo acordado, que se había implementado las decisiones a las que se llegó en la mesa de trabajo del 15 de mayo del año en curso; razón por la cual, estaban dadas las condiciones para retornar a la normalidad y levantar la declaratoria de situación de desastre para los municipios de Pasto, Nariño y la Florida, proferida por medio del Decreto 4106 de 2005, en acatamiento a la orden contemplada en la Sentencia T-269 de 2015.

Previo a este evento, con la comunidad se tuvo una reunión de planeación en las instalaciones de la alcaldía municipal de Nariño, para estudiar el decreto y consolidar una posición unificada al respecto. Se propuso compilar una serie de información documental y de visita a los albergues, respecto del tema a debatirse para sustentar la posición que se sostendría. La comunidad cumplió a satisfacción con las tareas asignadas.

Conocida la postura del gobierno nacional, la comunidad inició su posición manifestando que rescataba la voluntad del gobierno nacional de interesarse por este asunto y de formular un proyecto de decreto presidencial en los términos contemplados en el borrador; sin embargo, que existían algunos reparos que deberían de considerarse para mejorar tanto la parte motiva, como la decisión correspondiente.

Se planteó que se había hecho una línea de tiempo fáctica y normativa para una mejor ilustración, que debía de considerarse aspectos atinentes a la población, tales como personas a quienes se había comprado sus viviendas y aquellas que habían salido y no habían retornado.

Que lo importante era evaluar y ejecutar en términos estrictos las órdenes contempladas en la sentencia T-269 de 2015, en armonía con los fallos judiciales expedidos por el Tribunal  Administrativo de Nariño sobre el POT de Pasto y los albergues para los 3 municipios. Se hizo una visita a los albergues y se observó que no hay avances en la construcción de los mismos pero lo fundamental era que, en el borrador de decreto, no se garantizaba la financiación del Plan Integral, sino que se impartían órdenes genéricas sin precisión al respecto; cuando la financiación era del
orden de los 506 mil millones de pesos y que para ello, la Nación debía asumir un 94%, el departamento de Nariño un 5% y los 3 municipios, un 1%, dependiendo de lo que les correspondía adelantar; pero todo ello, para que se adelanten y ejecuten en los presupuestos de la vigencia de los años 2026, 2027 y 2028.

Que se plasmara, expresamente, la derogatoria del Decreto 4106 de 2005, que se revisara el tratamiento de la asimilación si ello era o no viable, que se volviera a socializar con las comunidades de los 3 municipios la versión final del Plan Integral y que ya había claridad sobre el tema de la unificación para una sola propuesta, entre las metodologías deterministas y probabilísticas para el estudio científico de riesgos del Volcán Galeras, que ya se había entregado a los 3 municipios, al igual que ya se contaba con la información de cómo estaban el POT de Pasto y los Esquemas de Ordenamiento Territorial de los municipios de Nariño y de la Florida, que están en su etapa de elaboración y de contratación, respectivamente.

Con estos planteamientos unificados de la comunidad presentados al gobierno nacional, se ratificó que no había oposición radical a la expedición del decreto para levantar la situación de declaratoria de desastres, pero que era necesario evaluar los considerandos anteriores y en especial la financiación del Plan Integral.

El gobierno nacional fue muy receptivo y permitió que los asistentes expusieran sus puntos de vista sobre lo que de manera integral se había expuesto.

Después de escuchados los argumentos de los actores, se acogió por unanimidad con algunos ajustes, la propuesta formulada por la comunidad, que se consignó en los siguientes términos:

1. Socializar la versión final del Plan Integral de Gestión del Riesgo del Volcán Galeras en los municipios de Pasto, Nariño y la Florida, dentro de los 2 meses siguientes a la realización de la presente reunión, para lo cual cada municipio, con el acompañamiento de la UNDGRD, organizará el evento respectivo.

2. La Unidad, los tres municipios en comento y las carteras ministeriales respectivas, en un término no mayor a 4 meses siguientes a la reunión celebrada, estudiarán y formularán las propuestas económicas pertinentes para lograr la financiación del Plan Integral referenciado, para que sean tenidas en cuenta en las vigencias presupuestales de los años 2026, 2027 y 2028, en los niveles nacional y territorial respectivamente o en los que técnica o jurídicamente corresponda.

3. En el término de 15 días siguientes a la realización de la presente reunión, el Movimiento Social Galeras, los municipios de Pasto, Nariño, La Florida y el Departamento de Nariño, harán llegar al gobierno nacional los aportes respectivos para enriquecer la elaboración y la expedición del tercer borrador del decreto presidencial sobre el levantamiento de la declaratoria de desastres para los 3 municipios.

4. Fijar, en el término de 3 meses siguientes a la celebración de la presente audiencia, una nueva reunión, para evaluar las tareas que se han asignado y el conocimiento de un proyecto de un tercer borrador de decreto presidencial que haya recogido las sugerencias formuladas en la presente reunión para el análisis respectivo.

Conclusión.

 

El ejercicio adelantado por los diferentes actores, que tiene que ver con este tema tan delicado del levantamiento de la declaratoria de desastres por el riesgo del Volcán Galeras para los municipios referenciados, fue muy fructífera, positiva, concertada, pacífica, muestra que la unión de la comunidad hace la fuerza para seguir avanzando y no desfallecer.

Mi agradecimiento, tanto al gobierno nacional como a la comunidad por haberme permitido concertar la propuesta diseñada y por el voto de confianza de seguir trabajando por las causas sociales de mi Departamento.

Finalmente, la presente columna, es la última que realizo en el año 2025, pues salgo a disfrutar de vacaciones de navidad y de inicio de año nuevo.

Gracias al señor Director de Más Opiniones, Guillermo Díaz Hidalgo y demás medios de comunicación y redes sociales, por la generosidad que han tenido y tienen de su publicación, al igual que a ustedes amables oyentes y lectores, por su receptividad.

Hasta pronto.

—–

(1) MONTENEGRO CALVACHY, Álvaro. Abogado y Economista de la Universidad de Nariño. Autor de la columna de opinión Entre Líneas. Pasto, Nariño, Colombia.

(2) CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA (Artículo 2, inciso 2do.).

(3) Proyecto de Decreto presidencial remitido por la UNGRD.

Comments (0)
Add Comment