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MATRIMONIO REPARATORIO

VISION DE MUJER

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Por:

Elsy Melo Maya

 

Elsy Melo Maya

 

 

Esta es una práctica que aún persiste en determinados países, y consiste en evitar que un hombre agresor pueda ir a la cárcel por un delito de violación sexual o abuso sexual, siempre y cuando contraiga matrimonio con su víctima. Y fue una joven italiana y católica de nombre Franca Viola, quien, con 17 años de edad, enfrentó el código penal de un país que, como Italia, es un país católico por antonomasia, al rechazar la propuesta de matrimonio que le hiciera el mafioso y violador que la mantuvo secuestrada entre el 26 de septiembre de 1965 y el 2 de enero del año siguiente, cuando fue liberada por la Policía.

Su decisión y el respaldo de su familia, fue el primer paso para cambiar una legislación retrógrada y claramente machista que fue derogada en 1981. Muchos años después, ella manifiesta: “Fue algo tan triste que prefiero olvidar… Una cosa así nunca se olvida, aunque después te pasen cosas bonitas en la vida… Antes era normal casar a una mujer violada con su agresor, porque se consideraba una deshonra tener en casa a una hija a quien la hubieran violado”, porque, claro, si habían abusado de ella, sería por algo. Ésa era la creencia. “Había padres que, cuando la hija no se quería casar, incluso la echaban de casa”.

Pues, bien, esta historia que nos puede parecer antigua y distante, guarda mucha similitud con situaciones que en nuestro país siguen ocurriendo. Hoy y  gracias al pronunciamiento de la Sala Civil de la Corte Constitucional, se lograrán cambiar algunas, toda vez que el ente jurisdiccional ha logrado con su determinación, dejar sin efectos las capitulaciones celebradas entre una pareja, cuando se logra verificar que éstas terminan sirviendo de instrumento actual para ejercer también violencia económica sobre su  expareja; es una “medida resarcitoria por la violencia de género sufrida en el momento de la ruptura de la unión marital”.

Lo cierto es que, afortunadamente, las mujeres ya no tendrán que soportar la violencia por parte de sus cónyuges ni continuar con una relación matrimonial catalogada por la agresión física, sexual o psicológica, por el solo  temor a quedar desamparadas económicamente, máxime cuando -como ocurre con muchísima frecuencia- los bienes materiales terminan convirtiéndose en el mecanismo mezquino y miserable a través del cual se pretende obligar a las mujeres a soportar la violencia de género, que nunca jamás será justificada, sea cual fuera la razón que pudiera esbozar el delincuente agresor.

Bienvenidas todas las actuaciones de los entes gubernamentales, que permitan avanzar en la prevención y la sanción ejemplar de la violencia contra la mujer, porque como se ha demostrado, los delitos que se cometen contra una mujer, la afectan no solo a ella sino a los hijos, al hogar, a la sociedad y sus consecuencias no son temporales sino que por lo general trascienden el tiempo y las generaciones, con huellas que muy difícilmente se superan.

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