LA ESCUELA BIOSEGURA Y EL REGRESO A LA PRESENCIALIDAD

FECODE emite Circular No 30 dirigida a sindicatos filiales, comunidad educativa y magisterio en general.

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CIRCULAR No. 30

 

DE: COMITÉ EJECUTIVO
PARA: SINDICATOS FILIALES, COMUNIDAD EDUCATIVA Y MAGISTERIO EN GENERAL
ASUNTO: LA ESCUELA BIOSEGURA Y EL REGRESO A LA PRESENCIALIDAD
FECHA: BOGOTÁ D.C., 8 DE JULIO DE 2021

Compañeros, cordial saludo.

A la fecha llevamos diez sesiones de trabajo del Capítulo Especial Fecode de la Mesa Nacional Estatal de Negociación Colectiva 2021, hemos venido abordando el Bloque 5 del Pliego de Peticiones radicado el pasado 26 de febrero del año en curso y el asunto de la expedición de los decretos de proporcionalidad de la prima vacacional, la bonificación pedagógica y el curso para los compañeros del 1278; precisamente, evacuado este
primer aspecto, el próximo martes 13 de julio entraremos al tema de los decretos enunciados.

En el día de hoy hemos llegado a un acuerdo parcial frente a uno de los puntos álgidos en los actuales momentos: el retorno a la presencialidad en las Instituciones Educativas; al respecto, damos las siguientes
orientaciones: los maestros siempre hemos estado listos para regresar al espacio natural donde se desarrolla el acto educativo y la pedagogía: LA ESCUELA, precisamente, en tanto y por cuanto los niños y los jóvenes
son la razón del desarrollo y realización de nuestra profesión; pero también hemos sido enfáticos en señalar que el retorno de los maestros a la presencialidad en las aulas pasa por la vacunación de todos.

Preguntamos ¿Señor Duque, señora Ministra María Victoria Angulo, señor Ministro Fernando Ruiz, están listas las Instituciones Educativas? ¿Se han hecho las adecuaciones pertinentes en materia de servicios públicos,
plantas de personal administrativo, servicios generales, salud y garantizados todos los elementos e insumos de bioseguridad?.

Con estas premisas y luego de muchas discusiones, consolidamos un acuerdo a este respecto.

Pertinente aclarar y precisar que no fue posible concertar todos los requerimientos y exigencias para el retorno gradual y seguro a la escuela de la presencialidad, nos vimos obligados -independientemente del acuerdo establecido- a dejar una constancia como Federación.

En este orden de ideas, corresponde a las filiales estar prestos a verificar que las condiciones de bioseguridad emitidas por la autoridad sanitaria e infraestructurales requeridas para el regreso a la presencialidad se cumplan en cada sitio, escuela, colegio e institución educativa, en tanto el derecho fundamental a la vida prima sobre todos los demás.

Anexo el texto del Acuerdo firmado y la Constancia de la Federación.

 

ANEXO

 

 

PROPUESTA PARA ACUERDO ENVIADA POR FECODE AL MEN

 

 

8 de julio de 2021

El servicio de educación inicial, preescolar, básica y media se prestará de manera presencial a partir del inicio de las actividades académicas del segundo semestre de 2021 según los calendarios académicos de las ETC.

Durante la emergencia sanitaria, en casos excepcionales en los que la prestación del servicio educativo de manera presencial no sea posible para la totalidad de los estudiantes, se complementará la prestación del servicio con trabajo académico desde casa; esta situación puede ocurrir por los siguientes eventos:

i. Cuando la capacidad instalada del aula/grupo no permita garantizar un (1) metro de distanciamiento físico.

ii. Cuando la entidad territorial y/o la institución educativa afronten una situación epidemiológica que amerite la suspensión temporal y provisional de las actividades académicas presenciales, caso en el cual la autoridad territorial competente deberá contemplar los niveles de ocupación de las UCI, la expansión de la pandemia, y demás Indicadores epidemiológicos, de conformidad con la normatividad vigente para tal fin, expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y/o del Gobierno Nacional al respecto.

III. Cuando se identifiquen por parte de las ETC, sedes que no cumplan con el protocolo de bioseguridad, caso en el cual, corresponde a las ETC definir para ellas un plan de acción específico, con acciones, presupuestos e inversiones básicas y tiempos para lograr que ingresen a la prestación del servicio educativo presencial, una vez cumplan con el protocolo, dentro del menor término posible.

iv. Cuando las familias, previo conocimiento de la información relacionada con la implementación del protocolo de bioseguridad en la sede educativa, decide no enviar a su hijo o hija a la institución educativa.

v. Cuando no se haya cumplido con el esquema completo de vacunación para el docente, directivo docente, personal administrativo y de apoyo logístico, de acuerdo con las disposiciones emitidas por la autoridad sanitaria. En la organización y estrategias de retorno a las actividades de manera presencial se incluirán a las personas que en el ejercicio de su autonomía decidieron no vacunarse, independientemente de su edad o condición de comorbilidad.

Las Entidades Territoriales Certificadas en educación tendrán a cargo la vigilancia y cumplimiento del protocolo de bioseguridad, sin perjuicio de la función de vigilancia sanitaria que deben realizar las Secretarías de Salud municipales, distritales y departamentales.

El Gobierno Escolar, una vez Implementado por parte de las ETC el protocolo de bloseguridad definido por la autoridad sanitaria, podrá verificar el cumplimiento de este y presentará a las autoridades correspondientes, solicitudes y requerimientos encaminadas a fortalecer y garantizar su implementación. La verificación del cumplimiento del protocolo de bioseguridad será permanente.

El Gobierno Nacional, garantizará las condiciones laborales de los y las docentes, la jornada laboral, la asignación académica y las funciones propias de su cargo, así como el cumplimiento de los proyectos educativos Institucionales y garantizará los recursos y la ejecución de las inversiones nacionales dispuestas en materia de conectividad y de acceso a las Tics para las sedes educativas.

Para efectuar el seguimiento a la implementación de los planes de acción específicos elaborados por las Secretarías de Educación para aquellas sedes educativas que no cumplan con las condiciones definidas por las autoridades sanitarias y de conformidad con el marco legal vigente para el retorno a la prestación del servicio educativo de manera presencial, las Secretarías de Educación conformarán mesas de seguimiento en las Entidades Territoriales Certificadas en educación con la participación de un representante de FECODE, un representante de los rectores o directores rurales y un representante de los padres de familia.

El Ministerio de Educación Nacional y FECODE conformarán una mesa de seguimiento para revisar el avance en la Implementación de los planes de acción específicos elaborados por las Secretarias de Educación con la participación de los rectores para aquellas sedes educativas que de manera excepcional no cumplan con las condiciones de bioseguridad definidas para el retorno a la prestación del servicio educativo de manera presencial.

COMITÉ EJECUTIVO

 

 

CONSTANCIA

 

La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación -FECODE- ha insistido en esta mesa de negociación y lo seguirá haciendo en todos los espacios, en la necesidad de establecer unos porcentajes de los indicadores de bioseguridad; entre esos, ocupación de camas UCI, positividad e índice de propagación, que permitan determinar de manera objetiva la situación epidemiológica y la decisión de convocatoria o no a la presencialidad en cada caso. Responsabilizamos al Gobierno Nacional de la definición por fuera de la realidad existente en esta materia en cada región y el grado de afectación a la salud y la vida de la comunidad educativa y el conjunto de los colombianos.

 

COMITÉ EJECUTIVO

Bogotá D.C., 8 de julio de 2021

 

 

 

 

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