Fecode radicó el Pliego de Peticiones 2021-2023

De conformidad con el Derecho de Negociación Colectiva para regular las relaciones laborales

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Bogotá D.C., 26 de febrero de 2021

Doctora

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ,

Ministra de Educación Nacional

Ref.: Presentación Pliego de Peticiones, de conformidad con el Derecho de Negociación Colectiva para regular las relaciones laborales, para la vigencia 2021 -2023.

Señora Ministra.

 

María Victoria Angulo, ministra de Educación

 

El Comité Ejecutivo de la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación -FECODE-, atendiendo a los mandatos de los artículos 1, 2, 25, 39, 53, 55, 68, 83 y 93 de la Carta Política de 1991 y a los compromisos adquiridos con la aprobación, mediante las Leyes 411 de 1997 y 524 de 1999, de los Convenios de la O.I.T. números 151 de 1978 y 154 de 1981, y amparados en las Sentencias de Constitucionalidad C-110 de 1994, C-377 de 1998, C-161 de 2000, C- 1234 de 2005 y C-741 de 2013, entre otras, así como en el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto N° 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, se permite presentar la Comisión Negociadora y el Pliego de Peticiones que fueron debidamente aprobados por unanimidad en la Junta Nacional de FECODE, realizada virtualmente el día 23 de febrero de 2021 por la plataforma zoom.

COMISIÓN NEGOCIADORA

 

Comité Ejecutivo de FECODE

 

La Comisión Negociadora de nuestro Pliego de Peticiones, de conformidad con los protocolos establecidos en la ley y el reglamento, serán los ejecutivos:

La Comisión Negociadora de nuestro Pliego de Peticiones, de conformidad con los protocolos establecidos en la ley y el reglamento, serán los ejecutivos:

William Henry Velandia Puerto, Presidente

Christian Rey Camacho, Primer Vicepresidente

Martha Rocío Alfonso Bernal, Segunda Vicepresidenta

Nelson Javier Alarcón Suárez, Tesorero

Luis Edgardo Salazar Bolaños, Secretario General

Domingo José Ayala Espitia, Fiscal

Carlos Enrique Rivas Segura, Secretario de Asuntos Laborales y Jurídicos

María Eugenia Londoño Ocampo, Secretaria de Género, Inclusión e Igualdad

Edgar Romero Macías, Secretario de Cultura, Recreación y Deportes

Miguel Ángel Pardo Romero, Secretario de Asuntos Educativos, pedagógicos y Científicos

Omar Enrique Arango Jiménez, Secretario de Relaciones Internacionales

PETICIONES

I. Implementación de los acuerdos en el marco de la presente negociación

 

1.- Financiación de la educación pública estatal. De manera consensuada se elaborará un proyecto de acto legislativo que defina la fórmula económica para dar cumplimiento al acuerdo establecido en el año 2019: “El Gobierno Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación -FECODE-, con el fin de garantizar a los niños, las niñas y jóvenes de Colombia el derecho fundamental a la educación con calidad, financiada y administrada por el Estado, comparten y reconocen la necesidad de realizar una reforma constitucional consensuada al Sistema General de Participaciones, con el propósito de incrementar real y progresivamente los recursos financieros que permitan garantizar el cierre de seis brechas: (i) acceso universal al sistema educativo público de todos los niños y jóvenes; (ii) canasta educativa para todos los estudiantes del sistema educativo público; (iii) implementación de la jornada pública; (iv) infraestructura educativa pública; (v) relaciones técnicas alumno docente y alumno grupo y (vi) educación rural.”

 

La lucha por los derechos no se detiene

 

2.- Educación preescolar. Definir el procedimiento que haga efectivo el acceso de los niños y las niñas a una educación preescolar integral y de calidad en instituciones educativas oficiales, con planta docente oficial los grados de transición, prejardín y jardín definidos en los acuerdos de 2017 y 2019.

3.- Fortalecimiento de la educación pública estatal. Universalización de la educación, incremento de coberturas, mejoramiento de la calidad y condiciones para desarrollar la educación inclusiva y de jóvenes y adultos.

4.- Relaciones técnicas. Con fundamento en los dos estudios realizados, por parte de FECODE y el Ministerio de Educación Nacional, con los criterios establecidos, consensuar la nueva fórmula de relaciones técnicas y el cabal cumplimiento del Acuerdo 7 de 2019 entre FECODE – MEN.

5.- Jornada única. Cumplimiento de las condiciones previstas en los acuerdos firmados entre el MEN y FECODE en el año 2017 y ratificados en el año 2019 para la implementación de la jornada única en los establecimientos educativos.

6.- Estatuto de la Profesión Docente. Concretar el trabajo de la Comisión Tripartita ajustando el cronograma y las acciones para consensuar el proyecto de ley sobre el Estatuto de la Profesión Docente.

 

La Educación no es una mercancía

 

7.- Curso de formación. Expedición inmediata del acto administrativo consensuado entre MEN – FECODE, con su respectivo cronograma, que convoca al curso de formación de la tercera cohorte de la evaluación con carácter diagnóstico formativo para 8.000 docentes vinculados mediante el Decreto 1278 de 2002.

8.- Ascenso y reubicación salarial. Convocatoria inmediata al proceso de ascenso y reubicación salarial de los docentes regidos por el Decreto 1278 de 2002, de conformidad con lo estipulado en el Decreto 1657 de 2016.

9.- Homologación y convalidación de títulos académicos. Establecer con claridad los criterios para las homologaciones y convalidaciones de títulos de postgrado otorgados por universidades extranjeras, al amparo de los convenios binacionales, los casos ya convalidados y los criterios aplicados, garantizando una información cierta, confiable y previa al inicio de los estudios en el exterior. Revisar y resolver los casos de las convalidaciones negadas, teniendo en cuenta el precedente administrativo y los convenios de cooperación internacional vigentes a la fecha en que se iniciaron los estudios, siendo un estímulo y un referente de progresividad en los derechos de carrera.

10.- Manual de funciones. Consensuar el manual de funciones laborales docentes, conforme a lo acordado, a través de una comisión MEN – FECODE.

11.- Formación Docente: Garantizar la financiación de formación de licenciaturas, especializaciones, maestrías y doctorados acordados con el Gobierno para este cuatrienio, consensuando criterios académicos e incluyentes en las convocatorias, implementando condiciones que faciliten el acceso de los docentes a ellos.

 

Sindicato del Magisterio de Nariño, uno de los más emblemáticos del país

 

12.- Garantía de la prestación del servicio de salud. Garantizar cabalmente por parte del Ministerio de Educación Nacional como fideicomitente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como responsable de los recursos y el Ministerio de Trabajo como garante de los derechos de los trabajadores, la Fiduprevisora S.A. como entidad contratante, reguladora y de control, de la prestación del servicio de salud a los docentes, directivos docentes y sus familias en correspondencia con la Ley 91 de 1989, el pliego de condiciones y los contratos firmados.

13.- Eficacia y eficiencia del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio -FOMAG-. Fortalecimiento del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, a partir del pago del pasivo prestacional que tiene la Nación y las Entidades Territoriales con el FOMAG, el aumento de las partidas del presupuesto nacional, el traslado oportuno de los recursos ubicados en los FONPET al FOMAG y los de ley por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la normalización de aportes prestacionales y la afiliación de docentes de colegios públicos estatales que no están afiliados al Fondo, garantizando el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones sociales del magisterio.

 

Las Subdirectivas sindicales, pilares esenciales del liderazgo docente

 

14.- Seguridad y salud en el trabajo. Expedición de la norma modificatoria del Decreto 1655 de 2015 en lo referente al manual de calificación de enfermedad laboral y enfermedad común; apropiar los recursos requeridos por parte de la Nación para la implementación del sistema de seguridad y salud en el trabajo, desarrollar planes y programas estructurales de salud ocupacional, promoción y prevención, garantizando los espacios requeridos en la jornada laboral y funcionamiento de los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo.

15.- Sanción moratoria. Pago de la sanción moratoria en los términos acordados por FECODE y el MEN y ratificados por lo Corte Constitucional.

16.- Primas territoriales. Reconocimiento, pago y restablecimiento de las primas territoriales.

17.- Campaña de sensibilización. Realizar campaña de sensibilización, por parte del MEN, frente a los maestros como agentes de cambio y transformación social, respeto por la libertad de cátedra, autonomía para la enseñanza y de expresión consagradas en la Constitución.

18.- Labor docente y derechos. Garantía y respeto por los derechos humanos, la vida e integridad física, para el ejercicio de la labor docente, el derecho de asociación, la libertad sindical y la protesta, reconociendo en FECODE un actor relevante como promotor de la garantía y respeto por los DDHH.

 

Defender el derecho a la educación pública no es un acto de insurgencia

 

19.- Permisos sindicales. Refrendar, vía acto administrativo general que contemple todas las instancias de la estructura sindical, el derecho al permiso sindical a los educadores en cada entidad territorial certificada en educación.

20.- Expedición de actos administrativos. Expedición de actos administrativos referentes al cumplimiento e implementación de los puntos del acuerdo colectivo 2019 firmados MEN-FECODE que aún se encuentran pendientes de su materialización.

II. Dignificación de la Profesión Docente

 

La dignidad: un concepto inalienable

 

1.- Definir la continuidad y los porcentajes del proceso de nivelación salarial para los años 2023, 2024 y 2025, en aras de alcanzar progresivamente el salario profesional.

2.- Concurrencia del Estado Nacional en la asignación de recursos para el pago de las deudas del sector educativo, con el personal docente, directivo docente y administrativo de las distintas entidades territoriales certificadas.

3.- Reconocer y garantizar el respeto de las condiciones laborales y los derechos de carrera de los directores rurales en la conversión de plazas producto de la transformación de los Centros Educativos Rurales en Instituciones Educativas.

4.- Reconocer y garantizar el respeto de las condiciones laborales y los derechos de carrera de los docentes afrodescendientes que hoy están bajo el Decreto 1278 de 2002.

5.- Respetar la situación laboral, desarrollo profesional y salarial de los docentes etnoeducadores: indígenas, negros, afro, raizales y palenqueros – NARP.

6.- Regular y respetar la situación laboral, desarrollo profesional y salarial de los docentes provisionales, garantizando la permanencia de sus cargos hasta que se solicite su plaza por lista de elegibles, exceptuando las situaciones derivadas por los docentes con derechos de carrera, asegurando los servicios de salud y su continuidad con fundamento en el retén social, los que estén en la etapa pre pensional o sean madre o padre cabeza de familia.

7.- Revisión y ajuste de las convocatorias para el concurso de ingreso a la carrera docente.

8.- Incremento y progresividad de la bonificación pedagógica para todos los docentes oficiales.

9.- Apropiar los recursos necesarios para apoyar el proyecto pedagógico, social, territorial y comunitario de la Escuela Territorio de Paz como una estrategia para la erradicación de todo tipo de violencias, atención al conflicto, el posconflicto y la construcción de la paz con equidad y justicia social.

 

Escuela: territorio de Paz

 

 

III. Bienestar de los Educadores

 

1.- Aprobación de las cesantías para planes y programas de vivienda del magisterio con el Fondo Nacional del Ahorro -FNA-, inclusión de los docentes y directivos docentes en los mismos y del sector solidario a las instituciones que posibiliten los créditos para adquisición y mejoramiento de vivienda o construcción en lote propio, de igual manera avanzar en la reglamentación en el artículo 14 de la Ley 2079 de 2021, tener en cuenta lo establecido en materia de vivienda para educadores en la Ley 115 de 1994.

 

Los juegos del Magisterio: una ventana espiritual y física

 

2.- Fortalecimiento de los juegos del magisterio, el encuentro folclórico cultural y el bienestar docente, incrementando los recursos para la financiación de los mismos y destinar un porcentaje en el Sistema General de Participaciones -SGP- para apoyar cada una de las fases pertenecientes a estas actividades, de igual manera seguir avanzando en las nuevas modalidades deportivas y culturales para el 2021 y 2022.

 

IV. Salud, prestaciones sociales y FOMAG

 

La salud mental y física de los docentes, otra responsabilidad del Estado

 

1.- Reconocimiento jurídico del COVID-19 como enfermedad profesional.

2.- Construcción y elaboración del nuevo pliego de condiciones y manual de contratación, asegurando financiación, cobertura, integralidad, mecanismos e instrumentos para la selección de los operadores que realmente cumplan con las condiciones establecidas en el contrato, para materializar el derecho a la salud de los maestros y sus familias.

3.- Implementación del sistema de seguridad y salud en el trabajo.

 

V. La Escuela de la Presencialidad

 

Educar en la presencialidad: un reto universal

 

1.- La escuela biosegura con condiciones previas y verificadles por el gobierno escolar, exigidas por la UNICEF y la OIT, el anexo técnico de la Resolución 1721 de 2020 para salvaguardar la vida de la comunidad educativa, teniendo en cuenta los conceptos y criterios establecidos por la comunidad científica para el retorno o no a clases presenciales.

2.- Apropiación de recursos adicionales para atender la educación en la vigencia 2021, que requieren las actividades presenciales y no presenciales, dadas las necesidades sobrevinientes ocurridas con la pandemia del Coronavírus, que incluya el auxilio de conectividad para los docentes.

3.- Conectividad universal como un bien y un derecho público en las escuelas, los lugares de habitación de los alumnos y las familias, dotación de elementos de trabajo y equipos (Tabletas, computadores, paquetes de internet), para asegurar su acceso a la educación remota.

 

Educación virtual

 

4.- Garantizar el trabajo pedagógico en medio de la pandemia, respetando la jornada laboral y escolar, la asignación académica, la libertad de cátedra y el respeto a las decisiones del gobierno escolar en el marco de la autonomía institucional.

5.- Garantizar las condiciones de salud mental y física de la comunidad educativa, el respaldo del sistema de salud, la expedición de certificación de comorbilidades por parte de los prestadores de salud del magisterio y las pruebas de detección del covid-19 con oportunidad

6.- Democratización del proceso de vacunación, incluyendo como población prioritaria a los educadores y los estudiantes en su aplicación.

El Acuerdo Colectivo resultante del presente Pliego de Peticiones tendrá vigencia entre el Io de enero de 2021 y el 28 de febrero de 2023, con garantía de continuidad de los derechos individuales y colectivos obtenidos mediante actos administrativos y Acuerdos Colectivos anteriores, los que se entenderán prorrogados hasta su modificación por otro Acuerdo Colectivo, todo ello, en aplicación de los principios Constitucionales de la buena fe y de progresividad y garantía de no regresividad de los derechos sociales alcanzados.

 

Financiar la educación es asegurar la Paz; no hacerlo, estimula el negocio irrefrenable del conflicto armado

 

Cordialmente,

William Velandia Porto, Presidente.

Luis Edgardo Salazar Bolaños, Secretario General.

 

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