CORTE SUPREMA FALLA CONTRA POLITICOS DE PUTUMAYO, CHOCÓ Y ANTIOQUIA

Estos fallos de la Corte Suprema de Justicia se han presentado a lo largo del mes de julio del presente año

0 256
CONDENA A EXGOBERNADOR DEL PUTUMAYO POR INCUMPLIR REQUISITOS EN CONVENIO PARA VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL

 

Carlos Alberto Palacios Palacio, ex gobernador del Putumayo

 

Bogotá, D.C., jueves 8 de julio de 2021

 

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador del Putumayo, Carlos Alberto Palacios Palacio, a 51 meses de prisión por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

 

En decisión adoptada por mayoría de la Sala, la sentencia determinó que Palacios Palacio actuó con dolo y vulneró los principios de la contratación pública, al incumplir los requisitos para tramitar y celebrar con una fundación un convenio de cooperación interinstitucional, el 28 de julio del 2005, cuyo objetivo era el de construir 2.400 viviendas de interés social para familias del Putumayo.

 

En el proceso, la Corte estableció que Palacios Palacio no verificó la experiencia de la fundación, ni efectuó un estudio sobre la capacidad técnica, financiera y administrativa de esa entidad. Tampoco corroboró si era cierto que esa entidad privada tenía relación con una institución extranjera que supuestamente aportaría dinero para ese plan social.

 

Lo anterior, a juicio de la Sala, llevó a que el convenio fuera liquidado el 28 de abril del 2006 por el gobernador encargado del Putumayo sin que se consiguiera su finalidad, luego de que se encontró que la fundación no cumplía los requisitos para desarrollar el acuerdo, como tampoco para asegurar el buen manejo de los recursos que ya habían entregados para beneficiar a por lo menos 90 familias.

 

Según la sentencia, la fundación no contaba con la idoneidad exigida y “Carlos Alberto Palacios Palacio omitió evaluar esa condición por escrito, debidamente motivada y corroborar el aporte internacional de los recursos para cofinanciar soluciones de vivienda en el departamento de Putumayo. Sólo adelantó gestiones con ese fin después de firmado el convenio y debido a las observaciones hechas por la entonces Jefe de la Oficina Jurídica”.

 

La providencia incluye una multa por 54.68 salarios y niega la suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión, pero la sustituye por prisión domiciliaria.

 

La sentencia registra un salvamento de voto que considera inocente al exgobernador Palacios Palacio, por ausencia de antijuridicidad material.

Consulte aquí el contenido completo de la sentencia SEP00067-2021:

 

CORTE CONDENA A EXGOBERNADOR DEL CHOCÓ POR SUSCRIBIR DE FORMA IRREGULAR DOS ACUERDOS PARA PAGAR OBLIGACIONES LABORALES

 

Roger Pastor Mosquera Lozano, ex gobernador (e) del Chocó

 

Bogotá, D.C., jueves 15 de julio de 2021.

 

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Roger Pastor Mosquera Lozano, quien fue gobernador encargado del Chocó, a una pena de 185 meses de prisión por los delitos de prevaricato por acción en concurso homogéneo y peculado por apropiación a favor de terceros en concurso homogéneo.

Los hechos por los cuales fue condenado se dieron mientras Mosquera fungió como gobernador encargado, entre el 5 de diciembre de 2007 y el 3 de enero del 2008. En ese periodo, según lo establecido por la Sala al emitir sentencia condenatoria, Mosquera Lozano aprovechó la investidura temporal que tenía y cuando apenas llevaba una semana como gobernador encargado, actuó de forma irregular dentro de dos procesos ejecutivos –el 12686 y el 13462- que se estaban tramitando en dos juzgados del circuito de Quibdó por demandas laborales que habían presentado extrabajadores de la Asamblea Departamental.

La Corte Suprema de Justicia determinó que Mosquera Lozano suscribió dos acuerdos de transacción con los apoderados de dos de los extrabajadores demandantes en los que acordó pagar obligaciones laborales que ya habían sido canceladas, otras que no fueron causadas o no eran exigibles judicialmente, y omitiendo además el deber de surtir el trámite ante el Comité de Conciliación y consultar a la Oficina Jurídica del departamento.

Con esos acuerdos y transacciones que a Mosquera no le estaba permitido realizar, comprometió a la entidad territorial a pagar $1.480.000.000 y 3.375.000.000, recursos públicos que no adeudaba la gobernación.

Finalmente, la Sala Especial de Primera Instancia del máximo tribunal de la justicia ordinaria compulsó copias a la Fiscalía y al Consejo Superior de la Judicatura para que investiguen las posibles conductas delictivas y faltas disciplinarias en las que pudieron incurrir los abogados de los extrabajadores demandantes por haber suscrito los acuerdos cuestionados. También contra un juez del caso que tenía cercanía con uno de los abogados del proceso, y contra los extrabajadores públicos de la Asamblea Departamental del Chocó que recibieron los dineros producto de esos procesos judiciales y, a la fecha, no los han reintegrado.

Consulte aquí el contenido completo de la sentencia SEP00073-2021:

 

ACUSADO EXCONGRESISTA JOSÉ IGNACIO MESA BETANCUR POR CONCIERTO PARA DELINQUIR

 

Ex senador por Antioquia José Ignacio Mesa Betancur

 

Bogotá, D.C., jueves 15 de julio de 2021.

 

La Corte Suprema de Justicia acusó al excongresista José Ignacio Mesa Betancur, para que responda en juicio por el delito de concierto para delinquir agravado relacionado con presuntas alianzas con grupos armados al margen de la ley.

La providencia, dictada por la Sala Especial de Instrucción, sostiene que entre 1994 y 2006, tiempo en el que Mesa Betancur fue alcalde de Envigado y senador de la República en dos periodos, se habría aliado con la organización criminal de ‘la Oficina de Envigado’ y luego con las Autodefensas Unidas de Colombia con el propósito de potenciar y legitimar el accionar de esos grupos ilegales, a cambio de obtener su apoyo electoral para sus campañas a la alcaldía (1995-1997) y al Senado de la República en los periodos 1998-2002 y 2002-2006.

Tras finalizar la etapa de investigación y evaluar de forma detenida los elementos de prueba recaudados, la Sala halló mérito para acusarlo como presunto autor de concierto para delinquir agravado, teniendo en cuenta el probable acuerdo de voluntades entre el procesado y miembros de esas organizaciones al margen de la ley para promoverlas, fortalecerlas y concurrir en sus propósitos ilícitos.

El máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria evaluó, entre otros, los testimonios de quien era el exjefe financiero de ‘la Oficina de Envigado’ y del excomandante de uno de estos grupos paramilitares en la época, declaraciones que incriminan a Mesa Betancur, y que según la Sala Especial de Instrucción fueron rendidas de manera veraz, espontánea e imparcial, sin que se encontrara en ellas un interés de perjudicar al excongresista procesado.

En virtud de la providencia, Mesa Betancur deberá responder en juicio por su presunta alianza con esas organizaciones ilegales, relacionada con posibles beneficios para llegar al Congreso de la República.

 

CORTE ACUSA AL EXCONGRESISTA CÉSAR PÉREZ GARCÍA POR ASESINATO DE ALCALDE ELECTO DE REMEDIOS (ANTIOQUIA)

 

César Pérez García, condenador a 30 años por la masacre de Segovia, acusado ahora por el crimen de ex alcalde electo de Remedios, Elkin Álvarez de la UP

 

Bogotá, D.C., viernes 16 de julio de 2021.

La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia acusó al exrepresentante a la Cámara por el departamento de Antioquia, César Augusto Pérez García, en condición de autor mediato en aparatos organizados de poder frente al homicidio agravado de Elkin de Jesús Martínez Álvarez, alcalde electo del municipio de Remedios (Antioquia) por el movimiento político Unión Patriótica.

Los hechos por los cuales el excongresista deberá responder en este nuevo juicio en su contra ocurrieron el 16 de mayo de 1988, cuando Martínez Álvarez fue asesinado en Medellín. El homicidio fue declarado en 2014 como delito de lesa humanidad, por cuanto se cometió en medio de un ataque sistemático contra militantes de la UP.

En la acusación, la Sala Especial de Instrucción determinó que Pérez García perteneció a la cúpula de un grupo paramilitar, en el que tuvo una posición de influencia y mando, y desde allí presuntamente dio órdenes para eliminar a los militantes de la UP en municipios del nordeste antioqueño, como Vegachí, Segovia y Remedios, en donde había perdido poder político.

Aunque en el proceso la defensa del exrepresentante señaló que el asesinato había sido cometido por uno de los copartidarios políticos de Martínez Álvarez en la UP, la Corte descartó esa hipótesis. El homicidio, según la investigación, habría sido perpetrado por los grupos paramilitares a los que Pérez García pertenecía debido a la elección de Martínez Álvarez como mandatario y a su vinculación al grupo político de izquierda, colectividad que estaba disputando en la región la hegemonía política de partidos tradicionales como el del acusado Pérez García.

 

Elkin de Jesús Martínez Álvarez, alcalde de la UP, asesinado en 1988 por paramilitares al mando de César Pérez García

 

El exrepresentante Pérez García se encuentra en detención domiciliaria en virtud de la condena de 30 años de prisión por la masacre de Segovia (Antioquia), impuesta por la Sala de Casación Penal de la misma Corte Suprema de Justicia.

 

EXCONGRESISTA AÍDA MERLANO ES ACUSADA POR VIOLACIÓN DE TOPES ELECTORALES

 

Aida Merlano, prófuga de la justicia y protegida actualmente por el gobierno venezolano, fue acusada por violación de topes electorales

 

Bogotá, D.C., miércoles 7 de julio de 2021.

 

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia acusó a la ex congresista Aída Merlano Rebolledo, por el delito de violación de topes o límites de gastos electorales en su pasada campaña al Senado de la República.

Los hechos por los que fue llamada a responder en juicio como presunta coautora sucedieron en el 2018, época en la que además Merlano cometió conductas de corrupción electoral y compra de votos, por las que ya fue condenada por la misma Corte Suprema de Justicia a 11 años y 4 meses de prisión.

De ese expediente se desprendieron varios procesos contra dirigentes políticos y un empresario del Atlántico, quien era pareja y financiador de la campaña proselitista de la ex congresista, y cuyo hermano habría hecho un préstamo bancario del que terminaron girándose cheques por altas sumas de dinero para la campaña de Merlano entre enero y marzo del 2018.

En este nuevo proceso, la Sala Especial de Instrucción encontró múltiples movimientos financieros en ese periodo en el entorno de la campaña, a los cuales se habría buscado dar apariencia de legalidad sin que la tuvieran.

Según la investigación, estas sumas de dinero habrían terminado en la campaña de Merlano, superando ampliamente los topes definidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que, en virtud de la resolución 2796 del 8 de noviembre del 2017, imponía un límite de gastos de $884.131.163 millones de pesos.

En estas acciones de flujo de dineros superior al tope legalmente establecido por la autoridad electoral, habría participado la entonces candidata al Senado Aída Merlano, en calidad de coautora.

Publicidad Nación
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.