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CÁRCEL PARA HOMBRE QUE TRANSPORTABA EN UN BUS A 63 MIGRANTES ILEGALES

Provenían de Haití, Ghana, Camerún, Venezuela y Cuba y habrían pagado entre 120 y 200 dólares cada uno.

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Omar Fernando Panqueva Prieto fue imputado por la Fiscalía como presunto autor del delito de tráfico de migrantes, imputación que fue avalada por el Juzgado Tercero Penal de este municipio Nariñense, quien dictó en su contra medida de aseguramiento en establecimiento carcelario.

 

Los hechos por los cuales Panqueva Prieto es procesado ocurrieron el pasado 25 de marzo a la altura de la vereda Capulí, kilómetro 39, de la vía Ipiales – Pasto (Nariño), cuando agentes de la Dijin Interpol y uniformados de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional realizaron una señal de pare a un bus con placas XVN 073 que transportaba ciudadanos extranjeros de países del Caribe y África.

 

Al abordar el vehículo, los agentes confirmaron que el conductor, Omar Fernando Panqueva, transportaba 63 personas de nacionalidad extranjera: 40 de Haití, 19 de Ghana, 2 de Camerún, un cubano y un venezolano, quienes no contaban con los permisos de ingreso al país e iban a ser trasladados hasta Necoclí, Antioquia, para alcanzar la frontera con Panamá.

 

De acuerdo con la investigación, cada uno de los extranjeros habría pagado a una red de tráfico de migrantes, que opera en Ecuador y Nariño, entre 120 y 200 dólares por alojamiento, alimentación, y transporte.

 

Los 63 ciudadanos fueron puestos a disposición de funcionarios de Migración Colombia para la deportación a sus respectivos países.

 

El asegurado fue puesto a disposición de funcionarios del Inpec para ser trasladado a la cárcel de Ipiales.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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